Sabias qué… ¿los autónomos cotizan desde enero por las contingencias profesionales, lo que les protege más frente a accidentes?

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Sabias qué… ¿los autónomos cotizan desde enero por las contingencias profesionales, lo que les protege más frente a accidentes?

Desde el pasado 1 de enero de 2019, los autónomos tienen una mayor protección sobre los accidentes. Es una oportunidad de mejorar su política de Prevención de riesgos laborales.

Desde el pasado 1 de enero de 2019, los autónomos tienen una mayor protección sobre los accidentes. Es una oportunidad de mejorar su política de Prevención de riesgos laborales. Para disponer de esta cobertura es obligatorio tener contratada la cobertura por Contingencia Profesional, no es suficiente con la cobertura mínima de Contingencia Común. Es decir, tanto las contingencias comunes como las profesionales pasan a ser obligatorias en la cotización del autónomo.

Las principales novedades de este Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de diciembre -que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2019- son: las nuevas medidas sociales y laborales para los trabajadores por cuenta propia, las mejoras relacionadas con la cobertura obligatoria por cese de actividad, por incapacidad temporal o permanente y por accidentes de trabajo.

Coberturas sociales

Eso sí, los autónomos están exentos de pagar la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad en caso de incapacidad temporal o permanente. Además, si la incapacidad es consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional tienen derecho a percibir la prestación desde el primer día de la baja.

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