Recibir visitas con seguridad

Lecciones de seguridad
Recibir visitas con seguridad

Cuando varias empresas coinciden en un mismo centro de trabajo, bien sea porque concurren a realizar su actividad en un mismo lugar de trabajo, o porque la empresa titular del centro subcontrata a otra empresa para realizar trabajos que tienen que ver con su propia actividad o que son ajenos a ella, se pueden generar en ese espacio de trabajo diferentes situaciones que necesitan ser coordinadas en materia de seguridad y prevención de riesgos.

Cuando varias empresas coinciden en un mismo centro de trabajo, bien sea porque concurren a realizar su actividad en un mismo lugar de trabajo, o porque la empresa titular del centro subcontrata a otra empresa para realizar trabajos que tienen que ver con su propia actividad o que son ajenos a ella, se pueden generar en ese espacio de trabajo diferentes situaciones que necesitan ser coordinadas en materia de seguridad y prevención de riesgos.

Todos los empresarios cuyos trabajadores coinciden en un mismo centro de trabajo, independientemente de cuál de ellos tenga la titularidad del establecimiento, son empresarios concurrentes y a todos les corresponde el deber de cooperación. Todos deben de informar de los riesgos de su actividad que puedan afectar a las otras empresas, particularmente los que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades. Además, deben valorar conjuntamente e informarse recíprocamente de dichas situaciones y de las acciones preventivas a tomar por todas y cada una de sus empresas.

Si bien, según establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en cuanto a Coordinación de actividades empresariales, cuando se trate de empresas titulares, que contraten o subcontraten con otras, la realización de obras o servicios que se desarrollen en sus propios centros de trabajo, deberán ser ellas las que vigilen el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de esos contratistas y subcontratistas.

Además, el empresario titular, que debe integrar la prevención en la gestión de la empresa, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de su empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación. Posteriormente, deberá asegurarse de que esos otros empresarios concurrentes reciben la información y las instrucciones adecuadas sobre los riesgos en ese centro de trabajo, las medidas de protección y prevención, y las medidas de emergencia.

¿Pero qué ocurre con las visitas cuando cualquier persona a modo de cliente, visitante o usuario accede a un centro de trabajo? En estos casos, debido a que no se trata de empresas a las que se les haya contratado o subcontratado, los empresarios titulares no estarán sujetos a la obligación de efectuar una coordinación de actividades empresariales.

Estas personas, para acceder a las instalaciones, simplemente deberán estar informadas sobre las actuaciones a seguir en el caso de emergencia, mediante explicaciones, folletos, planos de evacuación e instrucciones, colocados en los lugares de recepción o espera, además de los que resulten necesarios y se hallen distribuidos por el centro de trabajo.

Sin perjuicio de otras informaciones o indicaciones que la empresa considere convenientes u aquellas obligaciones que la empresa exija para poder acceder al centro en condiciones de seguridad y salud adecuadas. Por ejemplo, cuando las visitas deban entran en una zona de producción en la que hay maquinaria e instalaciones que emitan niveles sonoros que requieran el uso de protectores auditivos y se encuentre señalizado su uso obligatorio.

Cada empresa elegirá el modo de trasladar esa información al visitante, en función del tamaño y tipo de instalaciones, de la actividad empresarial, de la zona de acceso de estas personas, o del motivo y tiempo de su permanencia en el centro.

Además, la presencia de estas personas ajenas al centro de trabajo se deberá tener en cuenta en las correspondientes medidas previstas para situaciones de emergencia.

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